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title: "Mendoza declaró la Emergencia y el Desastre Agropecuario por heladas y granizo"
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description: "Alcanza a productores de las regiones Centro, Este, Norte y Sur que registraron severos daños durante el ciclo agrícola 2025/2026. El decreto establece beneficios impositivos y financieros para los damnificados."
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date_published: "2026-02-03T20:16:00-03:00"
date_modified: "2026-02-03T20:24:45-03:00"
tags:
  - "Contingencias climáticas"
  - "Granizo"
  - "Heladas"
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category_name: "Actualidad"
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# Mendoza declaró la Emergencia y el Desastre Agropecuario por heladas y granizo

![Heladas, granizo - enemrgencia agropecuaria](/download/multimedia.normal.bfe7680d5df39ff2.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

El Gobierno provincial declaró el **Estado de Emergencia Agropecuaria y el Estado de Desastre Agropecuario** en distintos departamentos como consecuencia de las heladas y tormentas de granizo ocurridas durante el ciclo agrícola 2025/2026.

La medida se dio a conocer mediante el Decreto N.º 125, en el marco de la Ley Provincial N.º 9083, su decreto reglamentario y en concordancia con la Ley Nacional N.º 26.509. La decisión se fundamenta en informes técnicos elaborados por la Dirección de Contingencias Climáticas, a partir de denuncias realizadas por productores y verificaciones efectuadas en territorio.

Según lo establecido, el estado de emergencia y desastre agropecuario tendrá vigencia entre el 1 de diciembre de 2025 y el 31 de marzo de 2027 para los daños provocados por heladas, y entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de marzo de 2027 para los ocasionados por granizo.

La declaración de Emergencia Agropecuaria comprende a los productores que registraron daños de entre el 50% y el 79% de su producción, mientras que el Estado de Desastre Agropecuario alcanza a aquellos con pérdidas iguales o superiores al 80%.

Las zonas afectadas se distribuyen en las regiones Centro, Este, Norte y Sur de la provincia, incluyendo distintos distritos de San Carlos, Tunuyán, Tupungato, Santa Rosa, La Paz, Junín, Rivadavia, San Martín, Lavalle, Maipú, General Alvear, San Rafael, Luján de Cuyo y Las Heras.

Los productores que cuenten con el Certificado de Daños otorgado por la Dirección de Contingencias Climáticas podrán acceder a los beneficios previstos en los artículos 11 al 26 de la Ley N.º 9083, que contemplan exenciones impositivas, prórrogas y otras herramientas de asistencia económica y financiera.

![Heladas, granizo - enemrgencia agropecuaria](/download/multimedia.normal.bfe7680d5df39ff2.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

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