
A través de un DNU, se derogó la jornada que regía para la administración pública nacional.
Por unanimidad, el Senado aprobó el proyecto en la sesión de ayer y pasó al Ejecutivo para su promulgación. ¿En qué consiste y a quiénes beneficia?
Actualidad29/06/2022Durante la sesión de este martes, el Senado dio aval al proyecto de ley de ratificación del Consenso Fiscal firmado en diciembre del 2021 y ahora deberá ser promulgada por el Ejecutivo.
La semana pasada, el ministro de Hacienda y Finanzas Víctor Fayad participó de la Comisión de Hacienda y Presupuesto del Senado para explicar el proyecto que ayer se aprobó por unanimidad.
La medida pretende adecuar la normativa a lo que dice el Consenso Fiscal para reducir alícuotas de Ingresos Brutos y de Sellos. También es una herramienta para beneficiar a las personas que se convirtieron en morosos durante la pandemia.
En las actividades correspondientes al rubro Servicios Sociales, Comunales y Personales, la alícuota establecida no podrá superar 4,75%.
Los créditos hipotecarios quedarán exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, lo que beneficia a los tomadores del crédito, con disminución en las cuotas.
Por otro lado, se reducirá la alícuota del Impuesto de Sellos por la transferencia de vehículos, siendo de 3% para la inscripción de cero kilómetro y de 1% en el caso de usados.
Además, continuando con la política de fomento de la inversión productiva, se plantea eximir de Impuesto a los Sellos a los instrumentos por los cuales se financien proyectos de inversión radicados en la provincia en la adquisición de bienes de capital, construcción, ampliación o remodelación de instalaciones necesarias para la producción y comercialización de bienes o servicios.
A su vez, con el objetivo de reducir la mora, se atenderá la situación específica de los contribuyentes que se encontraban al día previo a la pandemia y luego dejaron de cumplir con sus obligaciones fiscales.
En este sentido, ATM concederá planes de pago de hasta 48 meses, pudiendo extenderse a 60, para deudas correspondientes a impuestos patrimoniales vencidos al 31 de diciembre del año anterior al que se solicita el plan y en los casos de contribuyentes que no hayan registrado deudas vencidas al 31 de diciembre del 2019. Esta extensión también aplica para los casos de concursos o quiebras.
Por otro lado, prevé la reducción del 10% en los intereses correspondientes a impuestos patrimoniales vencidos al 31 de diciembre del año anterior si los contribuyentes cancelan en un solo pago. Este porcentaje podrá incrementarse hasta el 25% siempre que no hayan registrado deudas vencidas al 31 de diciembre del 2019.
Además, este Proyecto contempla la posibilidad de que ATM pueda realizar convenios con los municipios para la gestión de cobranza de los impuestos provinciales.
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